El Tribunal Supremo ha fallado a favor de los ingenieros superiores en la discrepancia que mantienen con los técnicos por las competencias profesionales. El fallo, que sienta jurisprudencia, advierte de que para optar a las mismas competencias los ingenieros deben tener la carrera y el máster universitario habilitante. La sentencia (notificada el 11 de marzo) trasciende después de que nueve colegios oficiales de ingenieros de la Comunitat Valenciana hayan firmado un comunicado conjunto para rechazar su equiparación con los ingenieros técnicos. Estos últimos aseguran que es «absurdo» acusarles de buscar la homologación. Además, la Federación de Ingenieros Industriales se ha dirigido a los grupos parlamentarios de las Corts para aclararles que legalmente no es posible la equiparación.

La sentencia del Supremo da la razón al Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Extremadura y fija la posición que debe seguir el resto de jueces de España. El colegio extremeño recurrió contra la decisión de la Junta de Extremadura de equiparar a los ingenieros técnicos y superiores al establecer que solo era necesario el título de grado para optar a las plazas de una oposición de funcionarios de la clase A.

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Los magistrados han sentenciado que los aspirantes deben poseer el grado y el máster universitario habilitante (como defienden los ingenieros superiores). Salvador Puigdengolas, decano del Colegio de Ingenieros Industriales de la Comunitat Valenciana, subrayó que el fallo «crea jurisprudencia» y es aplicable a todas las ingenierías superiores. «El que no tenga la titulación no puede ejercer como ingeniero superior», insistió.

Ante la confusión que se ha generado en los últimos días, el presidente de la Federación de Asociaciones de Ingenieros Industriales de España (Luciano María Azpiazu) se ha dirigido a los portavoces de los partidos con representación en las Corts para aclararles que no es posible la equiparación de las dos profesiones. La misiva advierte (en referencia a los colegios técnicos) de que «no resulta leal jugar con la ambigüedad del mensaje por parte de quien no es ni académicamente ni profesionalmente ingeniero» ... «si se quiere acceder al subgrupo A1 (de funcionarios) se debe estudiar un nivel de máster universitario habilitante».


Compartimos la publicación de nuestros compañeros del Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Levante al respecto

Periódico de Extremadura que hace referencia a la Sentencia del Tribunal Supremo que da la razón al Colegio Of. de Ingenieros Agrónomos de Extremadura.