Existen una serie de cultivos que se consideran como de baja utilización de productos fitosanitarios, cultivos que se consideran exentos de asesoramiento en Gestión Integrada de Plagas según el RD 1311/2011.
A propuesta del Comité Fitosanitario Nacional, se han publicado las producciones y tipos de explotación.Listado que mostramos a continuación:
Independientemente del tamaño de cada parcela o recinto, cuando en una explotación se superen 5 hectáreas de superficie que no este exenta de asesoramiento, esa parte de la explotación en su conjunto deberá ser asesorada.