BASES
TÍTULO I. TÍTULO DE COLEGIADO DE HONOR O MEDALLA AL MÉRITO PROFESIONAL
Art. 1.
El título de Colegiado de Honor del COIAANPV podrá otorgarse a aquellas personas, naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que hayan alcanzado un sobresaliente prestigio en ámbitos de la profesión o contribuido de forma relevante, al desarrollo del sector agroalimentario o del medio rural o prestado servicios extraordinarios a la profesión o al COIAANPV. La distinción podrá, en su caso, concederse a título póstumo.
Art. 2.
Si el candidato propuesto fuera ingeniero agrónomo y no estuviera colegiado, se le distinguirá con la Medalla del Colegio al Mérito Profesional.
Art. 3.
Los distintivos de estas distinciones serán una medalla (o placa) con el emblema de la profesión, el nombre del galardonado y la fecha del otorgamiento de la distinción y un diploma acreditativo de la misma.
Art. 4.
Para su tramitación, la petición de concesión de estas distinciones, deberá ser suscrita, al menos, por 4 miembros de la Junta de Gobierno o por 15 colegiados. Tras la comprobación de los méritos por la Comisión Permanente, se enviará la propuesta motivada a la Junta de Gobierno. La concesión de la distinción, se adoptará por acuerdo de la Junta General a propuesta de la Junta de Gobierno.
Art. 5.
Con carácter general, sólo podrán otorgarse uno y excepcionalmente dos distinciones cada año.
PREMIADOS
AÑO 2023 Desierto
AÑO 2022 Desierto
AÑO 2021 D. Enrique Playan Jubillar
AÑO 2020 D. José Antonio Guzmán Córdoba a título póstumo
AÑO 2019 Escuela Politécnica Superior de Huesca y Escuela Técnica Superior de Navarra
AÑO 2018 Cooperativas Agro-alimentarias de Aragón
AÑO 2017 Dª Begoña Nieto Gilarte
AÑO 2016 D. Joaquín Olona Blasco
AÑO 2015 Comunidad General de Riegos del Alto Aragón
AÑO 2014 A la I.G.P. TERNASCO DE ARAGÓN
y a título póstumo al colegiado Jesús Carlos Aramendia Zuazo
AÑO 2013 D. Miguel Horta Sicilia