Sede | 17/10/2025
El viernes 10 de octubre, se publicó en el BOE El Real Decreto 809/2025, de 16 de septiembre, que modifica la normativa sobre bienestar animal en granjas porcinas. La nueva norma, que entrará en vigor el 9 de marzo de 2026, actualiza el Real Decreto 1135/2002 con el objetivo de reducir el raboteo sistemático y mejorar las condiciones de cría en las explotaciones.
El texto adapta la legislación española a las directrices europeas, especialmente a la Recomendación (UE) 2016/336, que insta a eliminar esta práctica salvo en casos excepcionales y justificados. El Ministerio de Agricultura busca así avanzar hacia un modelo más sostenible y ético de producción ganadera, reforzando el bienestar animal sin comprometer la competitividad del sector.
Una de las principales novedades es la clasificación de las explotaciones porcinas en tres tipos según el grado de protección del cerdo frente al raboteo.
Las de tipo 1 son aquellas donde todos los animales conservan la cola intacta; las de tipo 2, las que aplican medidas preventivas y de enriquecimiento ambiental pero aún tienen algunos ejemplares raboteados; y las de tipo 3, las que no cumplen estos requisitos.
El decreto también ajusta las densidades mínimas de espacio por animal, ofreciendo condiciones más favorables a las granjas que garanticen un mayor nivel de bienestar. Por ejemplo, los cerdos de más de 110 kilos deberán disponer de hasta un metro cuadrado en las explotaciones tipo 1.
Asimismo, se incorporan nuevos requisitos técnicos y de manejo: control continuo de temperatura en las naves, limitación del uso de antibióticos, materiales de enriquecimiento que estimulen la conducta exploratoria de los animales y la obligación de disponer de un plan de bienestar animal supervisado por un veterinario.
Las granjas que opten a las categorías superiores deberán presentar una declaración responsable ante la autoridad competente y estarán sujetas a controles anuales. El decreto también modifica los anexos sobre alimentación y añade un nuevo Anexo IV, que regula la forma de evaluar el uso de materiales de entretenimiento por parte de los cerdos.
El presente real decreto entrará en vigor el 9 de marzo de 2026
Con esta actualización, el Gobierno pretende premiar a las explotaciones más comprometidas con el bienestar animal, ofrecer incentivos a la reconversión progresiva del sector y alinearse con las políticas comunitarias sobre producción ganadera responsable.
Puedes leer el completo Real Decreto 809/2025, de 16 de septiembre
Sede | 17/10/2025
El viernes 10 de octubre, se publicó en el BOE El Real Decreto 809/2025, de 16 de septiembre, que modifica la normativa sobre bienestar animal en granjas porcinas. La nueva norma, que entrará en vigor el 9 de marzo de 2026, actualiza el Real Decreto 1135/2002 con el objetivo de reducir el raboteo sistemático y mejorar las condiciones de cría en las explotaciones.

El texto adapta la legislación española a las directrices europeas, especialmente a la Recomendación (UE) 2016/336, que insta a eliminar esta práctica salvo en casos excepcionales y justificados. El Ministerio de Agricultura busca así avanzar hacia un modelo más sostenible y ético de producción ganadera, reforzando el bienestar animal sin comprometer la competitividad del sector.
Una de las principales novedades es la clasificación de las explotaciones porcinas en tres tipos según el grado de protección del cerdo frente al raboteo.
Las de tipo 1 son aquellas donde todos los animales conservan la cola intacta; las de tipo 2, las que aplican medidas preventivas y de enriquecimiento ambiental pero aún tienen algunos ejemplares raboteados; y las de tipo 3, las que no cumplen estos requisitos.
El decreto también ajusta las densidades mínimas de espacio por animal, ofreciendo condiciones más favorables a las granjas que garanticen un mayor nivel de bienestar. Por ejemplo, los cerdos de más de 110 kilos deberán disponer de hasta un metro cuadrado en las explotaciones tipo 1.
Asimismo, se incorporan nuevos requisitos técnicos y de manejo: control continuo de temperatura en las naves, limitación del uso de antibióticos, materiales de enriquecimiento que estimulen la conducta exploratoria de los animales y la obligación de disponer de un plan de bienestar animal supervisado por un veterinario.
Las granjas que opten a las categorías superiores deberán presentar una declaración responsable ante la autoridad competente y estarán sujetas a controles anuales. El decreto también modifica los anexos sobre alimentación y añade un nuevo Anexo IV, que regula la forma de evaluar el uso de materiales de entretenimiento por parte de los cerdos.
El presente real decreto entrará en vigor el 9 de marzo de 2026
Con esta actualización, el Gobierno pretende premiar a las explotaciones más comprometidas con el bienestar animal, ofrecer incentivos a la reconversión progresiva del sector y alinearse con las políticas comunitarias sobre producción ganadera responsable.
Puedes leer el completo Real Decreto 809/2025, de 16 de septiembre
Para consultar el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre 