Colegio Oficial
de Ingenieros Agrónomos
de Aragón, Navarra y País Vasco

El Real Decreto 934/2025 modifica las normas de nutrición sostenible de los suelos agrarios: claves de la norma

Sede | 31/10/2025

 

El Real Decreto 934/2025 modifica las normas de nutrición sostenible de los suelos agrarios: claves de la norma
El Real Decreto 934/2025, de 21 de octubre, introduce modificaciones importantes en la normativa sobre nutrición sostenible de los suelos agrarios, establecida inicialmente por el Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre. El objetivo principal es reducir la carga administrativa y flexibilizar la aplicación de la normativa sin comprometer la sostenibilidad medioambiental ni la productividad de las explotaciones.
Entre las principales novedades destacan:
Cuaderno de explotación: Se introduce la sección “Fertilización” para registrar las operaciones de aporte de nutrientes y materia orgánica, con posibilidad de gestión en papel o de manera digital mediante el Cuaderno Digital de Explotación Agrícola, fomentando su uso voluntario.
Plan de abonado: La obligación de elaborar y aplicar un plan de abonado se aplicará a partir del 1 de septiembre de 2026, adelantándose al 1 de enero de 2026 para unidades de producción en regadío sembradas entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2026. Se mantienen exenciones para pastos no fertilizados y explotaciones de secano de menos de 10 hectáreas.
Almacenamiento de fertilizantes: Los nuevos almacenes deberán situarse fuera de zonas inundables y a un mínimo de 15 metros de cauces y humedales, garantizando la minimización de vertidos y emisiones.
Asesoramiento técnico: Será obligatorio un año después de la entrada en vigor del plan de abonado para unidades situadas en zonas vulnerables, y dos años después para el resto de explotaciones, excluyendo las unidades exentas del plan de abonado.
Aplicación de estiércoles y residuos: Se mantiene la obligación de medidas de mitigación de emisiones y distancias mínimas respecto a ríos, lagos y costas, con flexibilización para pequeñas explotaciones o pastos, asegurando la protección de los recursos hídricos.
Retroactividad: Las modificaciones tendrán efectos desde el 1 de enero de 2023, sin que puedan imponerse sanciones por incumplimientos previos, garantizando seguridad jurídica a los agricultores.
Para consultar el texto completo del RD 934/2025 y sus modificaciones, se puede acceder al Boletín Oficial del Estado.

El Real Decreto 934/2025 modifica las normas de nutrición sostenible de los suelos agrarios: claves de la norma

El Real Decreto 934/2025, de 21 de octubre, introduce modificaciones importantes en la normativa sobre nutrición sostenible de los suelos agrarios, establecida inicialmente por el Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre. El objetivo principal es reducir la carga administrativa y flexibilizar la aplicación de la normativa sin comprometer la sostenibilidad medioambiental ni la productividad de las explotaciones.

Entre las principales novedades destacan:

  • Cuaderno de explotación: Se introduce la sección “Fertilización” para registrar las operaciones de aporte de nutrientes y materia orgánica, con posibilidad de gestión en papel o de manera digital mediante el Cuaderno Digital de Explotación Agrícola, fomentando su uso voluntario.
  • Plan de abonado: La obligación de elaborar y aplicar un plan de abonado se aplicará a partir del 1 de septiembre de 2026, adelantándose al 1 de enero de 2026 para unidades de producción en regadío sembradas entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2026. Se mantienen exenciones para pastos no fertilizados y explotaciones de secano de menos de 10 hectáreas.
  • Almacenamiento de fertilizantes: Los nuevos almacenes deberán situarse fuera de zonas inundables y a un mínimo de 15 metros de cauces y humedales, garantizando la minimización de vertidos y emisiones.• Asesoramiento técnico: Será obligatorio un año después de la entrada en vigor del plan de abonado para unidades situadas en zonas vulnerables, y dos años después para el resto de explotaciones, excluyendo las unidades exentas del plan de abonado.
  • Aplicación de estiércoles y residuos: Se mantiene la obligación de medidas de mitigación de emisiones y distancias mínimas respecto a ríos, lagos y costas, con flexibilización para pequeñas explotaciones o pastos, asegurando la protección de los recursos hídricos.
  • Retroactividad: Las modificaciones tendrán efectos desde el 1 de enero de 2023, sin que puedan imponerse sanciones por incumplimientos previos, garantizando seguridad jurídica a los agricultores.

Para consultar el texto completo del RD 934/2025 y sus modificaciones, se puede acceder al Boletín Oficial del Estado.