Colegio Oficial
de Ingenieros Agrónomos
de Aragón, Navarra y País Vasco

El Gobierno actualiza la normativa sobre los centros dedicados a la limpieza y desinfección de vehículos de transporte de animales

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Sede, 30/03/23

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto para actualizar la normativa relativa a los centros de limpieza y desinfección de vehículos para el transporte de animales. El propósito es adaptarla a la situación y a las necesidades del sector ganadero del momento.
 
En concreto, la nueva normativa modifica el contenido del Real Decreto 638/2019, que establece las condiciones básicas que deben cumplir los centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera de animales vivos, productos para la alimentación de animales de producción y subproductos de origen animal no destinados al consumo humano, y por el que se crea el Registro nacional de centros de limpieza y desinfección.
 
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con esta iniciativa, permitirá a los centros que ya operan que puedan acogerse a excepciones para mantener su actividad mientras se adaptan a la nueva normativa. Todo ello, sin dejar de garantizar el cumplimiento de los estrictos requisitos marcados para evitar que el transporte, desde el punto de vista sanitario, sea un foco de riesgos para la cabaña ganadera.
 
La nueva reglamentación dará también respuesta a otra necesidad del sector, y es la de poder agilizar el proceso de desinfección con la utilización de vehículos auto desinfectantes que realicen esta tarea durante el trayecto. Estos vehículos, que sí tendrán que acudir a un centro autorizado para su limpieza, han de estar equipados con un sistema que garantice la inactivación de los agentes patógenos.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto para actualizar la normativa relativa a los centros de limpieza y desinfección de vehículos para el transporte de animales. El propósito es adaptarla a la situación y a las necesidades del sector ganadero del momento.
 

En concreto, la nueva normativa modifica el contenido del Real Decreto 638/2019, que establece las condiciones básicas que deben cumplir los centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera de animales vivos, productos para la alimentación de animales de producción y subproductos de origen animal no destinados al consumo humano, y por el que se crea el Registro nacional de centros de limpieza y desinfección.
 
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con esta iniciativa, permitirá a los centros que ya operan que puedan acogerse a excepciones para mantener su actividad mientras se adaptan a la nueva normativa. Todo ello, sin dejar de garantizar el cumplimiento de los estrictos requisitos marcados para evitar que el transporte, desde el punto de vista sanitario, sea un foco de riesgos para la cabaña ganadera.
 
La nueva reglamentación dará también respuesta a otra necesidad del sector, y es la de poder agilizar el proceso de desinfección con la utilización de vehículos auto desinfectantes que realicen esta tarea durante el trayecto. Estos vehículos, que sí tendrán que acudir a un centro autorizado para su limpieza, han de estar equipados con un sistema que garantice la inactivación de los agentes patógenos.

NOTA DE PRENSA