Colegio Oficial
de Ingenieros Agrónomos
de Aragón, Navarra y País Vasco

Deducción de la cuota colegial en la Declaración de la Renta 2023

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Sede | 05/04/24

DECLARACION DE LA RENTA 2023

Con fecha 3 de abril ha comenzado la campaña para la Declaración de la Renta 2023.

Os informamos de que la cuota colegial es deducible tanto si trabajas por cuenta propia o ajena, con la excepción del País Vasco (1). 

Si trabajas por cuenta propia (es decir, si ejerces una actividad profesional), la cuota colegial es íntegramente deducible de los ingresos en el apartado de “Otros gastos fiscalmente deducibles” del impreso en Renta WEB. El requisito es que exista una adecuada correlación con los ingresos de la actividad.

Si trabajas por cuenta ajena (a sueldo de otra persona física o jurídica), la cuota que pagas al COIA es deducible para determinar el rendimiento neto del trabajo (como lo es la cuota que pagas al sindicato). En este caso hay un requisito fundamental y un límite en el importe deducible: el requisito fundamental es que la colegiación debe ser obligatoria para el desempeño del trabajo y el límite monetario se establece en 500 € anuales (a los que no llega la cuota de nuestro colegio).

Puedes ver este video tutorial que indica cómo introducir la cuota colegial en la Renta.


La cuota del año pasado fue de 175 €, y de 40 € para los jubilados; pero podría variar en función de cambios en la situación colegial (desempleo, altas, ...). Debes declarar la cantidad efectivamente abonada al colegio.

Recuerda que el importe pagado por cuota colegial no es un dato de los que tenga constancia Hacienda, por lo que, en su caso, habrá que modificar el borrador recibido para introducir la deducción a la que puedas tener derecho.

En el caso de los colegiados pertenecientes a la Delegación de Navarra sí que les figurará en su borrador, ya que el Colegio presenta una declaración informativa anual comunicando estos importes a la Hacienda Tributaria de Navarra.

 

(1)    Las cuotas colegiales en la Comunidad Autónoma Vasca, no son deducibles. Las Haciendas Forales de cada una de las tres provincias, Araba (NORMA FORAL 33/2013, de 27 de noviembre), Bizkaia (NORMA FORAL 13/2013, de 5 de diciembre) y Gipuzkoa (NORMA FORAL 3/2014, de 17 de enero) comparten una lista cerrada de gastos deducibles por rendimientos del trabajo, entre los que no se incluyen las cuotas abonadas a los colegios profesionales.