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Visado Documental Protección Contra Incendios. Navarra

                                     

                En Julio de 2009 se firmó en Pamplona un Convenio de Colaboración entre el Gobierno de Navarra, el Ayuntamiento de Pamplona y los Colegios Oficiales de Arquitectos, Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de la Edificación, Ingenieros Industriales, Ingenieros Técnicos Industriales e Ingenieros Agrónomos de Navarra.

 

                En dicho Convenio se establecía como objeto del mismo, el implementar y desarrollar la comprobación de la documentación técnica en las solicitudes de licencia de actividad clasificada, armonizar criterios en la aplicación de la normativa sectorial aplicable y desarrollar cuantas acciones se considerarann procedentes en orden a una mayor agilización en la tramitación de expedientes.

 

               El convenio, que continúa en vigor, pretende con la colaboración de las partes implicadas, Administración, colegios y colegiados, en esta primera fase llevar a cabo los objetivos fijados, en todo lo relativo a la PROTECCION CONTRA INCENDIOS.

 

               Sin ánimo de ser exhaustivos ya que copia del Convenio y los Checklist los podéis consultar en la página web del Colegio y cómo resumen de la aplicación de este Convenio debéis tener en cuenta que para todos los Proyectos que requieran licencia de actividad, en lo referente al cumplimiento de la normativa contra incendios, debéis solicitar este VISADO DOCUMENTAL.

 

               En el punto 2.) del Convenio, se dice que se pretende conseguir una tramitación más ágil de los expedientes, minorar en lo posible los requerimientos de documentación complementaria y subsanaciones consiguiendo una simplificación y una reducción de los plazos de tramitación en la administración aumentando la calidad y satisfacción de los usuarios.

 

                Esa simplificación administrativa supone que los Colegios  y los colegiados hemos hecho bien nuestros deberes. Esto  requiere en primer lugar que el colegiado se ajuste al formulario y lo complete en su integridad según corresponda, ya que si no está completo el Colegio deberá requerirle la subsanación pertinente, retrasando el trámite de VISADO DOCUMENTAL, ya que este sello significa estrictamente lo recogido en el punto 3.1.b) del citado Convenio.

  

El formulario (es importante leer el preámbulo y el "leeme") elaborado por el Colegio que desarrolla en un modelo homogeneizado los Check List aprobados en el Convenio, no puede modificarse eliminando ningún punto y debe rellenarse en todos sus apartados según corresponda.

                  

                 El visado documental puede realizarse tanto por la fórmula tradicional del formato papel, como por vía telemática a través del e-visado.

                   

 

CONVENIO Y CHECKLIST

 

PREÁMBULO Y FORMULARIO