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Ordenanza Municipal de Protección Contra Incendios de Zaragoza

            Nueva Ordenanza que entra en vigor el próximo día 26 de enero, deroga la anterior Ordenanza del año 1995 y establece que las condiciones de Protección Contra Incendios de edificios, establecimientos, actividades y su entorno en el término de Zaragoza y se regularán por la normativa estatal y autonómica completadas por la disposición de la presente Ordenanza.

 

            Recoge el ámbito de aplicación de la norma actuaciones de carácter preventivo a realizar por el cuerpo de bomberos (emisión de informes y realización de inspecciones), la documentación técnica que se requiere con las solicitudes de primera ocupación, etc…

 

            También establece el régimen sancionador, donde se tipifican como infracción muy grave la discordancia en los certificados técnicos de fin de obra e instalaciones, en relación con la obra ejecutada y atribuye la responsabilidad al técnico firmante de la certificación.

 

            Finalmente, en los anexos se recogen las disposiciones exigibles a los distintos tipos de edificios, locales y establecimientos.