Servicios y Actividades

Portada > Servicios y Actividades > Turno de Oficio

Turno de Oficio

Lo componen los Colegiados que están en el ejercicio de la profesión y que voluntariamente se inscriben en él.  Deben estar dispuestos a aceptar los trabajos que, a través del Colegio les lleguen (Informes, Peritaciones y Tasaciones para Juzgados, Valoraciones, etc...).


El Turno de Oficio es de carácter provincial, debes inscribirte en la/s provincia/s donde desees aceptar encargos.


La Junta de Gobierno ha aprobado unas nuevas normas particulares reguladoras para el funcionamiento del turno de oficio.

Entre las principales novedades que se han introducido están:

 

- La posibilidad de inscribirte en la/s provincia/s que prefieras dentro del ámbito territorial del Colegio.

- Tres Listas:  1.- Para peritos judiciales

                    2.- Para peritos terceros tasadores.

                    3.- De designación del Colegio.

- Dentro de cada lista, inscripción por especialidades.

- Exigencia de tres años de experiencia.

 


NORMAS PARTICULARES REGULADORAS DEL TURNO DE OFICIO 2012 e IMPRESOS PARA SOLICITAR LA INSCRIPCIÓN PARA EL AÑO 2012